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Artículo 1515 Código Civil del Estado de Aguascalientes

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  1. 15 may a 27 jul 2026+9 −0 palabrasLo estás viendo

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1 párrafo cambió 9 palabras agregadas 0 palabras quitadas

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2 párrafos sin cambios

A falta de los llamados en los artículos anteriores, sucederán los parientes más próximos dentro del cuarto grado, sin distinción de línea ni consideración al doble vínculo, y heredarán por partes iguales.

Al aplicar las disposiciones anteriores se tendrá en cuenta lo que ordena el Capítulo siguiente.

Cambio 1 · Párrafo nuevo

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 29 DE JUNIO DE 2026)

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 29 DE JUNIO DE 2026)

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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