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Leyes Descargar AYA

Artículo 50 Código Civil del Estado de Aguascalientes

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  1. 15 may a 27 jul 2026+5 −5 palabrasLo estás viendo

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Toda persona desde su nacimiento tiene derecho a contar con nombre y los apellidos que le correspondan, así como a ser inscrito en el Registro Civil respectivo de forma inmediatainmediata, ágil y gratuita, y a que se le expida ende forma ágilinmediato y sin sin costo la primera copia certificada de su acta de nacimiento.

Antes

Toda persona desde su nacimiento tiene derecho a contar con nombre y los apellidos que le correspondan, así como a ser inscrito en el Registro Civil respectivo de forma inmediata y gratuita, y a que se le expida en forma ágil y sin costo la primera copia certificada de su acta de nacimiento.

Ahora

Toda persona desde su nacimiento tiene derecho a contar con nombre y los apellidos que le correspondan, así como a ser inscrito en el Registro Civil respectivo de forma inmediata, ágil y gratuita, y a que se le expida de inmediato y sin costo la primera copia certificada de su acta de nacimiento.

(REFORMADO, P.O. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024)

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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