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Leyes Descargar AYA

Artículo 261 Código Civil del Estado de Chihuahua

Capítulo IX

Por muerte del cónyuge que tenga los hijos a su cuidado, vuelven éstos a quedar bajo el del supérstite, salvo el caso en que se encuentre incapacitado para ejercer la patria potestad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial