Artículo 6 Código Civil del Estado de México
Capítulo VI
289.- Si el testador dispone que a algún legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario y avalúo, se los entregará, siempre que el legatario garantice responder por las obligaciones de la herencia, en la proporción que le corresponda.
Partición hecha por testador
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial