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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo I

1101.- La hipoteca se extiende, aunque no se exprese, a:

I. Las accesiones naturales del bien hipotecado;

II. Las mejoras hechas por el propietario en los bienes gravados;

III. Los nuevos edificios que el propietario construya sobre el terreno hipotecado y a los nuevos pisos que levante sobre los edificios hipotecados.

Bienes no comprendidos en la hipoteca.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial