Artículo 7 Código Civil del Estado de México
Capítulo IV
1167. - El árbitro es el profesional del derecho, que sin ser autoridad jurisdiccional es nombrado por las partes para la resolución de una controversia, conforme a las disposiciones del presente Código, y en la forma que prevé el Código de Procedimientos Civiles de la Entidad.
Formalidades del contrato de arbitraje.
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial