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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo II

916.- Será nula la sociedad en que se estipule que los beneficios pertenezcan exclusivamente a alguno o algunos de los socios y todas las pérdidas a otro u otros.

Estipulación sobre socios capitalistas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial