Artículo 10 Código Civil Federal
Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 18 de diciembre de 2025.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial