Artículo 976 Código Civil Federal
Capítulo VI
- La copropiedad cesa: por la división de la cosa común; por la destrucción o pérdida de ella; por su enajenación y por la consolidación o reunión de todas las cuotas en un sólo copropietario
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial