Artículo 1755 Código Civil del Estado de Nuevo León
Capítulo I
Los contratos que no estén especialmente reglamentados en este Código , se regirán por las reglas generales de los contratos; por las estipulaciones de las partes y en lo que fueren omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan mas analogía, de los reglamentados en este ordenamiento
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Texto tomado de H. Congreso de Nuevo León. Documento oficial