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Leyes Descargar AYA

Artículo 1272 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo I

La cosa legada deberá ser entregada con todos sus accesorios y en el estado en que se halle al morir el testador.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial