Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1770 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo VII

Cuando el dueño del negocio no ratifique la gestión, sólo responderá de los gastos que originó ésta, hasta. La concurrencia de las ventajas que obtuvo del negocio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial