Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 596 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo XIII

El saldo que resulte en pro o en contra del tutor, producirá interés legal. en el primer caso correrá desde que previa entrega de los bienes se haga el requerimiento legal para el pago y en el segundo, desde la rendición de cuentas, si hubiesen sido dadas dentro del plazo designado por la ley, y si no, desde que expire el mismo plazo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial