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Leyes Descargar AYA

Artículo 622 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo XIII

Los menores de edad no pueden alegar la nulidad de que hablan los artículos 618 y 619, en las obligaciones que hubieren contraído sobre materias propias de la profesión o arte en que sean peritos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial