Artículo 1029 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo PRIMERO
Si el tutor, a pesar de serle desfavorable la calificación de la excusa, o sin tener causa para excusarse, decide no continuar en el ejercicio del cargo, o es removido de éste por su culpa, responderá de los daños y perjuicios que al respecto se causen al incapacitado
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial