Artículo 1456 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo TERCERO
El papel en que esté escrito el testamento o el que le sirve de cubierta deberá estar cerrado y sellado, o lo hará cerrar y sellar el testador, en el acto del otorgamiento, que consistirá en la presentación del pliego al notario en presencia de tres testigos y en la declaración del testador, en dicho acto, de que en ese pliego está constituida su última voluntad
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial