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Leyes Descargar AYA

Artículo 1485 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo CUARTO

En el sobre que contenga el testamento original, el testador, de su puño y letra, pondrá ante el Registrador la siguiente constancia: "Dentro de este sobre se contiene mi testamento". A continuación, se expresará el lugar y la fecha en que se hace el depósito. La constancia será firmada por el testador y por el encargado de la oficina. En caso de que intervengan testigos de identificación, también firmarán.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial