Artículo 1485 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo CUARTO
En el sobre que contenga el testamento original, el testador, de su puño y letra, pondrá ante el Registrador la siguiente constancia: "Dentro de este sobre se contiene mi testamento". A continuación, se expresará el lugar y la fecha en que se hace el depósito. La constancia será firmada por el testador y por el encargado de la oficina. En caso de que intervengan testigos de identificación, también firmarán.
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- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial