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Leyes Descargar AYA

Artículo 10 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Sólo es lícito el ejercicio de los derechos civiles en cuanto se haga de acuerdo con los intereses de la sociedad y sin causar perjuicio innecesario a tercero.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial