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Leyes Descargar AYA

Artículo 560 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo XI

Cuando en la cuenta resulte saldo contra el tutor, aunque por convenio con el que fue menor o con el que estuvo incapacitado y dejó de estarlo, o con sus representantes, se otorguen plazos al responsable o a sus herederos para satisfacerlo, subsistirán las garantías dadas para la administración, hasta que se verifique el pago, salvo pacto en contrario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial