Artículo 1262 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo TERCERO
Si los dos bienes se han perdido por caso fortuito, el deudor queda libre de la obligación.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial