Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 688 Código Familiar del Estado de Morelos

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Cambió

Del texto del 13 de enero de 2026 (reforma del 15 de octubre de 2025) al del 19 de octubre de 2026 (reforma del 7 de octubre de 2026).

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 13 de enero de 2026, leída con el mismo método que el texto vigente.

12 palabras agregadas 14 palabras quitadas

- EFECTOS JUDICIALES DE LAS DECLARACIONES TESTIMONIALES EN EL TESTAMENTO PRIVADO. Si los testigos fueren idóneos y estuvieren conformes en todas y cada una de las circunstancias enumeradas en el artículo que precede, el Juez declarará que sus dichos son el formal testamento de la persona de quien se trate.

Sabiéndose el lugar donde se hallan los testigos, serán examinados por exhorto.

ARTÍCULO *689.- MUERTE O AUSENCIA DE ALGÚN TESTIGO. Si después de la muerte del testador muriese alguno de los testigos, se hará la declaración con los restantes, con tal de que no sean menos de dos, manifiestamente capaces y contestes.

Lo dispuesto en el párrafo anterior se observará también en el caso de ausencia de alguno o algunos de los testigos, siempre que en la falta de comparecencia del testigo no hubiere dolo. REFORMAOficial VIGENTE.“Tierra -y Reformado por artículo único del DecretoLibertad” No. 154,6051 publicadode enfecha el2022/03/09. Vigencia: 2022/03/10. Antes decía: decía: MUERTE O AUSENCIA DE ALGUN TESTIGO. Si después de la muerte del testador muriese alguno de los testigos, se hará la declaración con los restantes, con tal de que no sean menos de tres, manifiestamente capaces y contestes. Lo dispuesto en el párrafo anterior se observará también en el caso de ausencia de alguno o algunos de los testigos, siempre que en la falta de comparecencia del testigo no hubiere dolo.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

Volver al texto vigente