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Leyes Descargar AYA

Artículo 1201 Código Familiar del Estado de Sinaloa

Qué cambió entre versiones

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  3. Sin cambios
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Cambios de este artículo

  1. 13 ene a 19 oct 2026+108 −112 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 13 de enero de 2026 con el del 19 de octubre de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 13 de enero de 2026, leída con el mismo método que el texto vigente.

11 párrafos cambiaron 108 palabras agregadas 112 palabras quitadas

Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.

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Cambio 1 · Se reescribió

LaEl Constanciacertificado expedidade porno inscripción que emita el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, a petición de la Unidadparte delinteresada, Registroestará disponible en el sitio web que para tal efecto se disponga, en el cual se genere automáticamente el certificado de Deudoresforma Alimentariosgratuita en un Morososdocumento deberádescargable, contenermismo loque siguiente:contendrá como mínimo la siguiente información:

Antes

La Constancia expedida por la Unidad del Registro de Deudores Alimentarios Morosos deberá contener lo siguiente:

Ahora

El certificado de no inscripción que emita el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, a petición de la parte interesada, estará disponible en el sitio web que para tal efecto se disponga, en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita en un documento descargable, mismo que contendrá como mínimo la siguiente información:

Cambio 2 · Se reescribió

I. Nombre apellidos,o Registronombres, Federalapellidos del deudor;

III. Declaración de Contribuyentesno yinscripción;

IV. Clave ÚnicaFirma del Registro de Población del solicitante; y,

II. La información sobre su inscripción o no en el registroresponsable de deudoresla alimentarios morosos.emisión; y

Antes

I. Nombre apellidos, Registro Federal de Contribuyentes y Clave Única del Registro de Población del solicitante; y,

II. La información sobre su inscripción o no en el registro de deudores alimentarios morosos.

Ahora

I. Nombre o nombres, apellidos del deudor;

III. Declaración de no inscripción;

IV. Firma del responsable de la emisión; y

Cambio 3 · Párrafo nuevo

II. CURP;

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

II. CURP;

Cambio 4 · Párrafo nuevo

V. Candados de validación.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

V. Candados de validación.

Cambio 5 · Cambió

De ser el caso que el solicitante se encuentre inscrito en el registro, la constanciaplataforma incluirádesplegará la además loinformación siguiente:

Antes

De ser el caso que el solicitante se encuentre inscrito en el registro, la constancia incluirá además lo siguiente:

Ahora

De ser el caso que el solicitante se encuentre inscrito en el registro, la plataforma desplegará la información siguiente:

Cambio 6 · Se reescribió

I. NúmeroNombre de acreedores alimentarios;completo;

Antes

I. Número de acreedores alimentarios;

Ahora

I. Nombre completo;

Cambio 7 · Cambió

II. Monto de la pensión alimenticia decretada o convenida y monto de la obligación adeudada;CURP;

Antes

II. Monto de la pensión alimenticia decretada o convenida y monto de la obligación adeudada;

Ahora

II. CURP;

Cambio 8 · Cambió

III. RFC con homoclave;

IV. Órgano Jurisdiccional que ordenó ella registro;inscripción; y,

Antes

III. Órgano Jurisdiccional que ordenó el registro; y,

Ahora

III. RFC con homoclave;

IV. Órgano Jurisdiccional que ordenó la inscripción;

Cambio 9 · Se reescribió

V.

IV. Datos del expediente o causa jurisdiccionalPlazo de la que deriva su inscripción.

La constancia a que hace referencia este artículo deberá ser expedida en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partirpago de lalos fechaalimentos dedefinitivos, solicitudy respectiva.

Antes

IV. Datos del expediente o causa jurisdiccional de la que deriva su inscripción.

La constancia a que hace referencia este artículo deberá ser expedida en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud respectiva.

Ahora

V. Plazo de pago de los alimentos definitivos, y

Cambio 10 · Párrafo nuevo

VI.Entidad Federativa.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

VI. Entidad Federativa.

Cambio 11 · Cambió

(Adic.(Ref. Según Decreto No. 04447, publicado en el P.O.Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 152 106, de fecha 144 de Diciembreseptiembre de 2016) 2026.

Antes

(Adic. Según Decreto No. 04 publicado en el P.O. No. 152 de fecha 14 de Diciembre de 2016)

Ahora

(Ref. Según Decreto No. 447, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 106, de fecha 4 de septiembre de 2026.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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