Artículo 84-B Código Fiscal de la Federación
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 29 de julio de 2025 (reforma del 12 de noviembre de 2021) con el del 15 de mayo de 2026 (reforma del 9 de abril de 2026), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 29 de julio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
6 párrafos cambiaron 13 palabras agregadas 13 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 29 de julio de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 29 de julio de 2025; a la derecha, el del 15 de mayo de 2026.
A quien cometa las infracciones relacionadas con las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere el artículo 84 -A de este Código, se le impondrán las siguientes multas:
Cambio 1 · Cambió
I. De $430.00$490.00 a $19,530.$22,110.00, a la comprendida en la fracción I.
Antes
I. De $430.00 a $19,530.00, a la comprendida en la fracción I.
Ahora
I. De $490.00 a $22,110.00, a la comprendida en la fracción I.
II. Por el 20% del valor del cheque a la establecida en la fracción II.
Cambio 2 · Cambió
III. De $30.00 a $100.$110.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente, a la señalada en la fracción III.
Antes
III. De $30.00 a $100.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente, a la señalada en la fracción III.
Ahora
III. De $30.00 a $110.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente, a la señalada en la fracción III.
Cambio 3 · Cambió
IV. De $648,250.00$733,880.00 a $1,296,470.$1,467,730.00, a la establecida en la fracción IV.
Antes
IV. De $648,250.00 a $1,296,470.00, a la establecida en la fracción IV.
Ahora
IV. De $733,880.00 a $1,467,730.00, a la establecida en la fracción IV.
Cambio 4 · Cambió
V. De $8,510.00$9,630.00 a $127,460.$144,300.00, a la establecida en la fracción V.
Antes
V. De $8,510.00 a $127,460.00, a la establecida en la fracción V.
Ahora
V. De $9,630.00 a $144,300.00, a la establecida en la fracción V.
Cambio 5 · Cambió
VI. De $32,400.00$36,680.00 a $97,220.$110,060.00, a la establecida en la fracción VI.
Antes
VI. De $32,400.00 a $97,220.00, a la establecida en la fracción VI.
Ahora
VI. De $36,680.00 a $110,060.00, a la establecida en la fracción VI.
Cambio 6 · Cambió
VII. De $120.00$140.00 a $230.00,$260.00, por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32 -B de este Código, y de $456,320.00$516,600.00 a $912,630.$1,033,190.00, por no proporcionar la información, a las señaladas en la fracción VII.
Antes
VII. De $120.00 a $230.00, por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32 -B de este Código, y de $456,320.00 a $912,630.00, por no proporcionar la información, a las señaladas en la fracción VII.
Ahora
VII. De $140.00 a $260.00, por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32 -B de este Código, y de $516,600.00 a $1,033,190.00, por no proporcionar la información, a las señaladas en la fracción VII.
5 párrafos sin cambios
VIII. De $399,240.00 a $443,630.00, a las establecidas en las fracciones VIII, IX y X. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
IX. De $399,240.00 a $443,630.00, a las establecidas en la fracción XI. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
X. De $78,880.00 a $94,660.00, a la establecida en la fracción XIV. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
XI. De $355,030.00 a $788,920.00, a la establecida en la fracción XII. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
XII. De $7,330.00 a $109,900.00, a la establecida en la fracción XIII. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.