Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 84-D Código Fiscal de la Federación

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Cambios de este artículo

  1. 26 ene 2025 a 15 may 2026+2 −2 palabrasReforma del 9 abr 2026Lo estás viendo

Comparas el texto del 26 de enero de 2025 (reforma del 12 de noviembre de 2021) con el del 15 de mayo de 2026 (reforma del 9 de abril de 2026), que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 26 de enero de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

1 párrafo cambió 2 palabras agregadas 2 palabras quitadas

Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.

Ir al primer cambio

Cambio 1 · Cambió

A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84 -C de este Código, se impondrá una multa de $560.00$630.00 por cada omisión, salvo a los usuarios del sistema financiero, para los cuales será de $1,660.$1,880.00 por cada una de las mismas.

Antes

A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84 -C de este Código, se impondrá una multa de $560.00 por cada omisión, salvo a los usuarios del sistema financiero, para los cuales será de $1,660.00 por cada una de las mismas.

Ahora

A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 84 -C de este Código, se impondrá una multa de $630.00 por cada omisión, salvo a los usuarios del sistema financiero, para los cuales será de $1,880.00 por cada una de las mismas.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

Volver al texto vigente