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Leyes Descargar AYA

Artículo 150 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Este es el texto vigente, registrado el 27 de julio de 2026. Ver qué cambió respecto a la versión anterior.

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

En los juicios que versen sobre alimentos, derechos de niñas, niños y adolescentes, controversias familiares, cualquier tipo de violencia familiar o violencia vicaria, y los demás que determinen las Leyes, todos los días y horas son hábiles. Párrafo reformado DOF 15-01-2026

En los demás casos, la autoridad jurisdiccional puede habilitar los días y horas inhábiles para actuar o para que se practiquen diligencias, cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea ésta y las diligencias que hayan de practicarse.