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Artículo 192 Código Nacional de Procedimientos Penales

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  1. 22 ene 2023 a 15 ene 2026+4 −0 palabrasReforma del 28 nov 2025Lo estás viendo

Comparas el texto del 22 de enero de 2023 (reforma del 19 de febrero de 2021) con el del 15 de enero de 2026 (reforma del 28 de noviembre de 2025), que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 22 de enero de 2023, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Procedencia La suspensión condicional del proceso, a solicitud del imputado o del Ministerio Público con acuerdo de aquél, procederá en los casos en que se cubran los requisitos siguientes:

I. Que el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años; Fracción reformada DOF 17-06-2016

II. Que no exista oposición fundada de la víctima y ofendido, y Fracción reformada DOF 17-06-2016

III. Que hayan transcurrido dos años desde el cumplimiento o cinco años desde el incumplimiento, de una suspensión condicional anterior, en su caso. Fracción adicionada DOF 17-06-2016

Lo señalado en la fracción II I del presente artículo, no procederá cuando el imputado haya sido absuelto en dicho procedimiento. Párrafo reformado DOF 17-06-2016

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[La suspensión condicional será improcedente para las hipótesis previstas en las fracciones I, II y III del párrafo séptimo del artículo 167 del presente Código.] Párrafo adicionado DOF 08-11-2019 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-11-2022 y publicada DOF 20-08-2025

Antes

[La suspensión condicional será improcedente para las hipótesis previstas en las fracciones I, II y III del párrafo séptimo del artículo 167 del presente Código.] Párrafo adicionado DOF 08-11-2019 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-11-2022

Ahora

[La suspensión condicional será improcedente para las hipótesis previstas en las fracciones I, II y III del párrafo séptimo del artículo 167 del presente Código.] Párrafo adicionado DOF 08-11-2019 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-11-2022 y publicada DOF 20-08-2025

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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