Artículo 140 Código Penal del Estado de Chihuahua
Qué cambió entre versiones
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- Sin cambios
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de enero de 2026 con el del 19 de octubre de 2026, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 15 de enero de 2026, leída con el mismo método que el texto vigente.
2 párrafos cambiaron 15 palabras agregadas 8 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de enero de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 19 de octubre de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de enero de 2026; a la derecha, el del 19 de octubre de 2026.
Cambio 1 · Cambió
Cuando por imprudencia se cause homicidio de dos o más personas, en las circunstancias previstas en el artículo anterior, las penas serán de cuatro a docetrece años de prisiónprisión, de cien a doscientos cincuenta días multa, y suspensión de los derechos en cuyo ejercicio hubiese cometido el delito por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.
Antes
Cuando por imprudencia se cause homicidio de dos o más personas, en las circunstancias previstas en el artículo anterior, las penas serán de cuatro a doce años de prisión y suspensión de los derechos en cuyo ejercicio hubiese cometido el delito por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.
Ahora
Cuando por imprudencia se cause homicidio de dos o más personas, en las circunstancias previstas en el artículo anterior, las penas serán de cuatro a trece años de prisión, de cien a doscientos cincuenta días multa, y suspensión de los derechos en cuyo ejercicio hubiese cometido el delito por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.
Cambio 2 · Cambió
[Artículo reformado mediante Decreto No. 1307-2013LXVIII/RFCOD/0526/2026 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 101 69 del 18 de diciembre29 de 2013]agosto de 2026]
Antes
[Artículo reformado mediante Decreto No. 1307-2013 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 101 del 18 de diciembre de 2013]
Ahora
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXVIII/RFCOD/0526/2026 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 69 del 29 de agosto de 2026]
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.