Artículo 300 Código Penal del Estado de Coahuila
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 2 de junio de 2021 con el del 25 de junio de 2025, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 2 de junio de 2021, leída con el mismo método que el texto vigente.
1 párrafo cambió 4 palabras agregadas 2 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 2 de junio de 2021. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 25 de junio de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 2 de junio de 2021; a la derecha, el del 25 de junio de 2025.
(Querella)
Cambio 1 · Cambió
Los delitos previstos en este capítulo sólo se perseguirán por querella, salvo cuando se cometan mediante intimidación con arma o violencia física, o se trate de cualquiera de las modalidades agravantes previstas en las fracciones IIII, III, IV, y IIIV del artículo precedente.
Antes
Los delitos previstos en este capítulo sólo se perseguirán por querella, salvo cuando se cometan mediante intimidación con arma o violencia física, o se trate de cualquiera de las modalidades agravantes previstas en las fracciones II y III del artículo precedente.
Ahora
Los delitos previstos en este capítulo sólo se perseguirán por querella, salvo cuando se cometan mediante intimidación con arma o violencia física, o se trate de cualquiera de las modalidades agravantes previstas en las fracciones II, III, IV, y V del artículo precedente.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.