Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 166 Código Penal del Estado de Durango

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Cambios de este artículo

  1. 13 dic 2025 a 15 may 2026+16 −2 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 13 de diciembre de 2025 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 13 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

2 párrafos cambiaron 16 palabras agregadas 2 palabras quitadas

Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.

Ir al primer cambio

Cambio 1 · Cambió

Cuando el sujeto devuelva espontáneamente a la niña, niño o adolecenteadolescente o persona persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las penas antes señaladas para el caso particular. ARTICULO REFORMADO POR DEC. 08, P.O. 98 DE 9 DE DICIEMBRE DE 2018.

Antes

Cuando el sujeto devuelva espontáneamente a la niña, niño o adolecente o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las penas antes señaladas para el caso particular. ARTICULO REFORMADO POR DEC. 08, P.O. 98 DE 9 DE DICIEMBRE DE 2018.

Ahora

Cuando el sujeto devuelva espontáneamente a la niña, niño o adolescente o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las penas antes señaladas para el caso particular. ARTICULO REFORMADO POR DEC. 08, P.O. 98 DE 9 DE DICIEMBRE DE 2018.

Cambio 2 · Párrafo nuevo

ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 364, P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DE 2025.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 364, P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DE 2025.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

Volver al texto vigente