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Artículo 269 Código Penal del Estado de México

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  1. 2 dic 2024 a 15 may 2026+199 −17 palabrasLo estás viendo

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El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 2 de diciembre de 2024, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Cambio 1 · Cambió

Comete el delito de hostigamiento sexual, quien conrealice finesuna conducta de naturaleza lujuriasexual asedieno consentida a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, que lesione su dignidad o que sea indeseable para quien la recibe, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía; y se le impondrán de seis mesesdos a dosseis años de prisión o de treintacien a cientoochocientas veinteveces díasel multa.valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Antes

Comete el delito de hostigamiento sexual, quien con fines de lujuria asedie a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía; y se le impondrán de seis meses a dos años de prisión o de treinta a ciento veinte días multa.

Ahora

Comete el delito de hostigamiento sexual, quien realice una conducta de naturaleza sexual no consentida a persona de cualquier sexo que le sea subordinada, que lesione su dignidad o que sea indeseable para quien la recibe, valiéndose de su posición derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique jerarquía; y se le impondrán de dos a seis años de prisión o de cien a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Cambio 2 · Cambió

Si el sujeto activo fuera servidorpersona públicoservidora pública y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, además de la pena señalada, será destituidodestituida del cargo y se le inhabilitará para para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a tres años.

Antes

Si el sujeto activo fuera servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, además de la pena señalada, será destituido del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a tres años.

Ahora

Si el sujeto activo fuera persona servidora pública y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, además de la pena señalada, será destituida del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a tres años.

Cambio 3 · Cambió

Tratándose de una persona servidora pública de institución educativa pública o personal que se desempeñe en institución educativa privada y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, la pena señalada en el primer párrafo se incrementará en una mitad, será destituidodestituida del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a diez años.

Antes

Tratándose de una persona servidora pública de institución educativa pública o personal que se desempeñe en institución educativa privada y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, la pena señalada en el primer párrafo se incrementará en una mitad, será destituido del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a diez años.

Ahora

Tratándose de una persona servidora pública de institución educativa pública o personal que se desempeñe en institución educativa privada y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, la pena señalada en el primer párrafo se incrementará en una mitad, será destituida del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a diez años.

Cambio 4 · Párrafo nuevo

Cuando la conducta prevista en este artículo sea realizada de manera reiterada, o aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima la pena se incrementará en una mitad.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

Cuando la conducta prevista en este artículo sea realizada de manera reiterada, o aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima la pena se incrementará en una mitad.

Cambio 5 · Párrafo nuevo

La persona servidora pública integrante de instituciones policiales, de procuración o administración de justicia que se niegue a recibir la denuncia de la víctima del delito previsto en este artículo, siempre que corresponda al ámbito de su competencia, o la persuada, disuada o intimide para no interponerla, se le impondrán de dos a seis años de prisión y de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, además de la destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta, para ejercer empleo, cargo o comisión públicos.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

La persona servidora pública integrante de instituciones policiales, de procuración o administración de justicia que se niegue a recibir la denuncia de la víctima del delito previsto en este artículo, siempre que corresponda al ámbito de su competencia, o la persuada, disuada o intimide para no interponerla, se le impondrán de dos a seis años de prisión y de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, además de la destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta, para ejercer empleo, cargo o comisión públicos.

Cambio 6 · Párrafo nuevo

Este delito se perseguirá de oficio.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

Este delito se perseguirá de oficio.

Cambio 7 · Párrafo nuevo

En la interpretación y aplicación de este delito deberá considerarse la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.

Antes

Este párrafo no existía.

Ahora

En la interpretación y aplicación de este delito deberá considerarse la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.

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