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Leyes Descargar AYA

Artículo 204 Código Penal del Estado de Guerrero

Capítulo II

Disposiciones comunes para los delitos previstos en este Título.

Al sujeto activo se le aplicarán, además, medidas reeducativas, integrales, especializadas y gratuitas, conforme a los programas establecidos al efecto.

Serán perseguibles de oficio y no podrán ser sometidos a la mediación o proceso alternativo de solución.

En caso de reincidencia, la pena mínima y máxima se aumentará hasta una mitad.

(ADICIONADO CÁPITULO CON UN ARTÍCULO, P.O. No. 100 ALCANCE IV, DE FECHA VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial