Artículo 100 Ter Código Penal del Estado de Morelos
Qué cambió entre versiones
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- Sin cambios
- Cambió
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de enero de 2026 (reforma del 29 de octubre de 2025) con el del 19 de octubre de 2026 (reforma del 7 de octubre de 2026), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 15 de enero de 2026, leída con el mismo método que el texto vigente.
1 párrafo cambió 2 palabras agregadas 4 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de enero de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 19 de octubre de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de enero de 2026; a la derecha, el del 19 de octubre de 2026.
Cambio 1 · Cambió
La prescripción en cualquiera de sus modalidades será improcedente para el delito de feminicidio. REFORMA VIGENTE .- Se adiciona el artículo 100 Ter, por artículo único del Decreto No. 7739 39,, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 6166 Segunda Sección de fecha 2023/02/01. Vigencia 2023/02/02
Antes
La prescripción en cualquiera de sus modalidades será improcedente para el delito de feminicidio. REFORMA VIGENTE .- Se adiciona el artículo 100 Ter, por artículo único del Decreto No. 7 39, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 6166 Segunda Sección de fecha 2023/02/01. Vigencia 2023/02/02
Ahora
La prescripción en cualquiera de sus modalidades será improcedente para el delito de feminicidio. REFORMA VIGENTE .- Se adiciona el artículo 100 Ter, por artículo único del Decreto No. 739 , publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 6166 Segunda Sección de fecha 2023/02/01.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.