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Leyes Descargar AYA

Artículo 199 Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo CUARTO

Octies La sanción establecida en el párrafo primero del artículo 199 Sexies y el 199 Septies, se aumentará hasta en una mitad cuando la venta o suministro de bebidas alcohólicas se haga a menores de edad, o se encuentren adulteradas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial