Artículo 436 Código Penal del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
Decies846 Se impondrá de tres a diez años de prisión al que proporcione al mismo tiempo o en un solo acto, la evasión de varias personas privadas de la libertad por autoridad competente.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial