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Leyes Descargar AYA

Artículo 325 BIS Código Penal del Estado de Sinaloa

Capítulo X

A quien promueva, induzca o se beneficie de la ocupación irregular de áreas, predios, polígonos de protección, salvaguarda y amortiguamiento entorno a la infraestructura o equipamientos de seguridad estatal, de protección en derechos de vía o que no acaten el área urbanizable se le impondrá prisión de uno a ocho años y de cien a mil días de multa.

(Adic. Según Dec. 822 de 30 de julio de 2018, publicado en el P.O No. 105 de 24 de agosto de 2018)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial