Artículo 4o. Código Penal del Estado de Sinaloa
Capítulo I
Este código se aplicará por los delitos cometidos en el Estado de Sinaloa y que sean de la competencia de sus tribunales.
Se aplicará igualmente por los delitos que cometan en otra entidad federativa, cuando se produzcan efectos dentro del territorio del Estado o se pretenda que los tenga.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial