Artículo 113 Código Penal del Estado de Tamaulipas
Capítulo ÚNICO
Corresponde al Ejecutivo del Estado la ejecución de las sanciones privativas y restrictivas de libertad impuestas por los Tribunales del Estado de Tamaulipas, en sentencia que haya causado ejecutoria y su correspondiente aplicación a las personas sujetas a prisión, y la imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.
Por cuanto a las sanciones que son impuestas y aplicadas por el Juez, se estará a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Penales.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial