Artículo 216 Código Penal del Estado de Tlaxcala
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 25 de noviembre de 2024 con el del 5 de diciembre de 2025, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 25 de noviembre de 2024, leída con el mismo método que el texto vigente.
1 párrafo cambió 7 palabras agregadas 0 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 25 de noviembre de 2024. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 5 de diciembre de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 25 de noviembre de 2024; a la derecha, el del 5 de diciembre de 2025.
Cambio 1 · Cambió
Se impondrán las penas a que se refiere el artículo 213 de este código al que soborne, obligue, comprometa o intimide a un testigo, perito o intérprete, para que se conduzca con falsedad en juicio. (ADICIONADO, P.O. 17 DE OCTUBRE DE 2025)
Antes
Se impondrán las penas a que se refiere el artículo 213 de este código al que soborne, obligue, comprometa o intimide a un testigo, perito o intérprete, para que se conduzca con falsedad en juicio.
Ahora
Se impondrán las penas a que se refiere el artículo 213 de este código al que soborne, obligue, comprometa o intimide a un testigo, perito o intérprete, para que se conduzca con falsedad en juicio. (ADICIONADO, P.O. 17 DE OCTUBRE DE 2025)
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.