Artículo 287 Código Penal del Estado de Yucatán
Este es el texto vigente, registrado el 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió respecto a la versión anterior.
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
A quien con el propósito de inculpar a alguien como responsable de un delito ante la autoridad, le impute falsamente un hecho o simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir esa responsabilidad, se le impondrá prisión de dos a ocho años y de cien a trescientos días-multa.
La pena establecida en el presente artículo se aumentará hasta el doble cuando las pruebas proporcionadas hayan sido elaboradas, generadas o manipuladas mediante software de inteligencia artificial. Párrafo adicionado DO 28-07-2026