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Artículo 278 Código Penal del Estado de Zacatecas

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  1. 15 may a 19 oct 2026+12 −49 palabrasLo estás viendo

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Cambio 1 · Se reescribió

LaSe calumnia hecha a la Legislatura, al Tribunal Superior de Justicia, o a un Cuerpo colegiado de la administración de justicia o a cualquier institución pública, se sancionará con sujeción a las reglas de este título, sin perjuicio de las sanciones que señala el artículo 168 de este Código.deroga Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414) Artículo derogado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 368)

Antes

La calumnia hecha a la Legislatura, al Tribunal Superior de Justicia, o a un Cuerpo colegiado de la administración de justicia o a cualquier institución pública, se sancionará con sujeción a las reglas de este título, sin perjuicio de las sanciones que señala el artículo 168 de este Código. Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414)

Ahora

Se deroga Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414) Artículo derogado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 368)

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