Artículo 281 Código Penal del Estado de Zacatecas
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de mayo de 2026 con el del 19 de octubre de 2026, que es el vigente.
1 párrafo cambió 12 palabras agregadas 20 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 19 de octubre de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de mayo de 2026; a la derecha, el del 19 de octubre de 2026.
Cambio 1 · Se reescribió
ASe las personas jurídicas responsables del delito de calumnia, se les suspenderá en sus actividades de uno a dos meses.deroga Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414) Artículo derogado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 368)
Antes
A las personas jurídicas responsables del delito de calumnia, se les suspenderá en sus actividades de uno a dos meses. Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414)
Ahora
Se deroga Artículo reformado 4 de agosto de 2012 (Decreto 414) Artículo derogado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 368)
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.