Artículo 278 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de mayo de 2026 con el del 27 de julio de 2026, que es el vigente.
1 párrafo cambió 8 palabras agregadas 0 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 27 de julio de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de mayo de 2026; a la derecha, el del 27 de julio de 2026.
Cuando hubiere de recibirse alguna prueba fuera del Estado, una vez admitida, el juez o jueza prevendrá a la oferente para que en el término de tres días exhiba el certificado de depósito de la cantidad que como indemnización se fije, la que podrá ser de 150 a 300 Unidades de Medida y Actualización, la cual se hará efectiva en favor de la contraparte, en caso de que no se desahogue por causas imputables a la oferente. No haciéndose la exhibición dentro del plazo fijado, se tendrá a la interesada por desistida de su solicitud, sin recurso alguno.
Cambio 1 · Cambió
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]
SECCIÓN SEGUNDA NATURALEZA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN PARTICULAR Y DE LA FORMA DE PRACTICARLOS
Antes
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. SECCIÓN SEGUNDA NATURALEZA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN PARTICULAR Y DE LA FORMA DE PRACTICARLOS
Ahora
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]
SECCIÓN SEGUNDA NATURALEZA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN PARTICULAR Y DE LA FORMA DE PRACTICARLOS
A) CONFESIÓN.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.