Artículo 968 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Título DECIMO
En todo lo no previsto regirán las reglas generales de este Código de Procedimientos Civiles, en cuanto no se opongan a las disposiciones del presente título. (NOTA: Por adición de título especial, la numeración reinicia desde uno, no afectando la estructura de la ley, y quedando englobado en el artículo 969.) TITULO ESPECIAL De la Justicia de Paz.
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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial