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Leyes Descargar AYA

Artículo 1 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Título TERCERO

15. Los Secretarios son responsables de los expedientes físicos y digitales, libros y documentos que existan en el Juzgado. Cuando, por disposición de la ley o del Juez, deban entregar alguno de los mencionados objetos a otro servidor público, recabarán constancia.

Para el caso de los expedientes digitales, los Secretarios deberán seguir los lineamientos técnicos que establezcan el Consejo de la Judicatura y la normatividad de la materia.

Resguardo de expedientes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial