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Leyes Descargar AYA

Artículo 2 Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Capítulo V

325.3.- Cuando el demandado al contestar la demanda promueva reconvención, el juez ordenará la tramitación del juicio en la vía ordinaria civil, dejando subsistentes las actuaciones relativas a la fijación de la controversia.

Legitimación pasiva en la usucapión.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial