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Leyes Descargar AYA

Artículo 418 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora

Capítulo PRIMERO

Todos los gastos y costas que se originen de la ejecución de una sentencia, serán a cargo del que fuera condenado en ella. Los gastos y costas que se originen en la ejecución de otras resoluciones judiciales, serán a cargo de quien determine la sentencia definitiva que se dicte o de quien determine en su caso el Juez.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de octubre de 2025.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial