Artículo 81 Constitución Política del Estado de México
Qué cambió entre versiones
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 30 de diciembre de 2024 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 30 de diciembre de 2024, leída con el mismo método que el texto vigente.
2 párrafos cambiaron 27 palabras agregadas 3 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 30 de diciembre de 2024. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 30 de diciembre de 2024; a la derecha, el del 15 de mayo de 2026.
Cambio 1 · Cambió
La investigación de los delitos corresponde al Ministerio PúblicoPúblico, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo del Estado y a las policías,instituciones policiales estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
Antes
La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
Ahora
La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo del Estado y a las instituciones policiales estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
La persecución de los delitos y la decisión del ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales corresponden, en forma autónoma, al Ministerio Público. Los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial y hacer la persecución del delito en los casos previstos en la ley.
Cambio 2 · Cambió
Las policíasinstituciones policiales del Estado auxiliarán al Ministerio Público en el cumplimiento de sus atribuciones.
Antes
Las policías del Estado auxiliarán al Ministerio Público en el cumplimiento de sus atribuciones.
Ahora
Las instituciones policiales del Estado auxiliarán al Ministerio Público en el cumplimiento de sus atribuciones.
3 párrafos sin cambios
Todas las autoridades del Estado y los municipios, deben cumplir los requerimientos del Ministerio Público en ejercicio de sus atribuciones.
El Ministerio Público solicitará las medidas cautelares contra los imputados y providencias precautorias, buscará y presentará las pruebas que acrediten la participación de éstos en hechos que las leyes señalen como delitos, aplicará medidas de protección, procurará que los procesos en materia penal se sigan con regularidad para que la impartición de justicia sea pronta y expedita, pedirá la aplicación de las penas e intervendrá en todos los asuntos que la Ley determine.
Asimismo, podrá aplicar mecanismos alternativos de solución de controversias, criterios de oportunidad para el ejercicio de la acción penal y formas anticipadas de terminación del procedimiento, en los supuestos y condiciones que establezcan las leyes.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.