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Transitorios y decretos de reforma Constitución Política del Estado de México

Es el texto que viene al final del documento oficial, después del último artículo. Se muestra completo y en el orden de la fuente.

ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de octubre de 2012 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO No. 8 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los párrafos sexto y décimo del artículo 5, la fracción III del artículo 27 y el artículo 82 y se adiciona un último párrafo al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de octubre de 2012 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO No. 120 .- Por el que se reforman los párrafos octavo, décimo quinto y décimo sexto del artículo 11; los párrafos primero, décimo primero, décimo tercero y décimo sexto del artículo 12; y el artículo 75 Y se adicionan los párrafos cuarto y décimo sexto, recorriéndose y adecuándo se en su orden los subsecuentes, al artículo 11; las fracciones III, recorriéndose la actual III para ser IV, la actual IV para ser V y la actual V para ser VI y las fracciones VII y VIII al artículo 29, las fracciones XLVIII y XLIX, recorriéndose la actual XLVIII para ser L, al artículo 61; una fracción XLVI, recorriéndose la actual XLVI para ser XLVII al artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 07 de agosto de 2013 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 121.- Por el que se reforma la fracción XVIII del artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 07 de agosto de 2 013; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 179 .- Por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 19 de diciembre de 2013 ; entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 237 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se reforman los artículos: el primer párrafo del 3, el segundo párrafo del 10, el 11, los párrafos primero, cuarto, quinto, octavo, décimo cuarto, décimo sexto, décimo noveno, vigésimo y vigésimo primero del 12, los párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto del 13, el último párrafo del 14, los numerales 4o y 6o de la fracción VIII del 29, las fracciones II y I II del 39, las fracciones VI, VII, VIII y el párrafo segundo del 40, el 44, el segundo párrafo del 45, las fracciones XXI en su primer párrafo, XLVIII y XLIX del 61, el primer párrafo del 86 bis, el 116 y el último párrafo del 120; se adicionan el párrafo sexto recorriéndose los subsecuentes al 13, los párrafos cuarto y quinto al 17, los párrafos quinto y sexto al 39, la fracción IX al 40 y se deroga el párrafo segundo del 39 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 24 de junio de 2014; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" y la reforma a los artículos 44 y 116 de esta Constitución será aplicable a los Diputados Locales e integrantes de los Ayuntamientos que sean electos a partir del proceso electoral de 2015.

DECRETO No. 275 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se reforman el primer párrafo del artículo 1 8 y el primer párrafo del artículo 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de agosto de 2014; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO No. 276 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 46 y la fracción XVIII del artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de agosto de 2014 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 277 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforma la fracción VI del artículo 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de agosto de 2014; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 337 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se reforman los artículos 81 en su párrafo tercero, 85 en su primer párrafo, 8 8 en su segundo párrafo, 104 Bis en su primer y séptimo párrafos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 27 de noviembre de 2 014; entrando en vigor hasta que tenga vigencia el Código Nacional de Procedimientos Penales.

DECRETO No. 389 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se adiciona un último párrafo al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 19 de enero de 2015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO No. 437 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforman los artículos 5 en sus párrafos décimo sexto y décimo séptimo, 61 en sus fracciones IV y L, 77 en su fracción XLVII y 131. Se adicionan los artículos 61 con la fracción LI, 77 con la fracción XLVIII y 88 Bis fracción III con un inciso e, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de junio de 2 015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 438 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se adicionan los párrafos vigésimos segundo y vigésimo tercero al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de junio de 2015 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO No. 439 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se adiciona un último párrafo al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 08 de junio de 2015 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 478 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 14 de julio de 2015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 03 de septiembre de 2015.

DECRETO NÚMERO 508 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el último párrafo del artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 03 de septiembre de 2015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.

DECRETO NÚMERO 509 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 148 de la 03 de septiembre de 20 15; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 510 E N SU ARTÍCULO PRIMERO: Por el que se reforman los artículos 61, fracción XIX, 64, fracción V y 128, fracción XIII, y se adiciona la fracción XIV al artículo 128 de la 03 de septiembre de 2015; entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 513 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se adicionan los párrafos décimo quinto y décimo sexto, recorriéndose los subsecuentes, del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 03 de septiembre de 2015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gace ta del Gobierno”.

FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 15 de septiembre de 2015.

DECRETO NÚMERO 46 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 139 Bis, se adiciona un párrafo vigésimo séptimo al artículo 5 y la fracción IX al artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 14 de diciembre de 2015 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 47 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se deroga el “ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO" del Decreto número 81 publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 de junio de 201 0, por el que se reforma el artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 14 de diciembre de 2015 , entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 82 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 25 de abril de 2016 ; entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 102 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman los artículos 61, fracción LI, y 77, fracción XLVIII, y se adicionan la fracción LII al artículo 61 y la fracción XLIX al artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 25 de julio de 2016, entrando en vigor el 16 de septiembre de 2017.

DECRETO NÚMERO 103 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman los párrafos primero y cuarto del artículo 5, el párrafo primero del artículo 7, el párrafo primero del artículo 16 y adiciona seis últimos párrafos al mismo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 25 de julio de 2016, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 104 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforman los artículos 8, 81, 82, 83, 84, 91 en su fracción VI y 131.Se adicionan los artículos 83 Bis, 83 Ter. Se derogan la fracción XXVII del artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 28 de julio de 2016, entrando en vigor en la misma fecha en que lo hagan las normas secundarias necesarias que expida la Legislatura por virtud de las adiciones, reformas y derogaciones a que se refiere dicho Decreto, siempre que se haga por el propio Poder Legislativo la declaratoria expresa de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de Justicia.

DECRETO NÚMERO 135 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman la fracción LII del artículo 61 y la fracción XLIX del artículo 77, y se adicionan las fracciones XXXVII BIS, LIII y LIV del artículo 61 y las fracciones L y LI del artículo 77, ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de octubre de 2016, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

FE DE ERRATAS: Publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de octubre de 2016.

DECRETO NÚMERO 173 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se adicionan tres últimos párrafos al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 1 9 de diciembre de 2016, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 189 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el párrafo décimo cuarto y se adicionan los párrafos décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo, recorriéndose los subsecuentes del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 03 de febrero de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 190 EN SU ARTÍCULO PRIMERO. Por el que se reforma el artículo 77, en su fracción XVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 03 de febrero de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 191 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforma el primer párrafo de la fracción XIX del artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 03 de febrero de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 202 EN SU ARTÍCULO ÚNICO.- Por el que se reforman los artículos 52 en su segundo párrafo, 61 en sus fracciones XV, XVII, XVIII, XXI, XXXII en su segundo y tercer párrafo, XXXIII, XXXIV, XXXV y LIV, 77 en sus fracciones XII, XIII, XV y XIX, la denominación de la Sección Cuarta del Capítulo Tercero del Título Cuarto, 87, 123, 129 en su párrafo séptimo, la denominación del Título Séptimo, 130, 131, 133, 134, 147 primer párrafo. Se adicionan las fracciones VII al artículo 51, el párrafo tercero recorriéndose el actual tercero para ser cuarto del artículo 52, XV Bis, un tercer párrafo a la fracción XXXII recorriéndose los subsecuentes párrafos, LV y LVI al artículo 61, un segundo párrafo al artículo 106, el artículo 130 bis, un segundo párrafo al artículo 139 bis, de la 24 de abril de 2017, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, sin perjuicio de lo previsto en los transitorios del Decreto.

DECRETO NÚMERO 236 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman los artículos 59 y 77, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta

del Gobierno el 06 de septiembre de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 237 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 79 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 06 de septiembre de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 238 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 80 del a 06 de septiembre de 2017, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 249 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el séptimo párrafo de la fracción VIII del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 12 de octubre de 2017 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 296 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma párrafo quinto al artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de marzo de 2018 , entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 313 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 126 de la del Gobierno” el 12 de julio de 2018 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 314 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman la fracción XXV del artículo 77, el inciso b) y el párrafo quinto del artículo 88, el tercer párrafo del artículo 89, el artículo 100, el artículo 101 y el artículo 102 y se adicionan los párrafos octavo y noveno al artículo 88 de la del Gobierno” el 19 de septiembre de 2018, entrando en vigor en la misma fecha en que lo hagan las reformas legales que expida el Congreso de la Unión correspondientes al Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2017.

DECRETO NÚMERO 53 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el párrafo primero de la fracción X XXII del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de junio de 2019 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 64 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el Artículo 61, fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno ” el 12 de junio de 2019 , entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 67 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se adicionan los párrafos quinto y sexto, recorriéndose los actuales quinto y sexto, y subsecuentes del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “G aceta del

Gobierno” el 3 de julio de 2019 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 68 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma la fracción III del artículo 91; el artículo 100; el artículo 103; los párrafos tercero y cuarto del artículo 104 Bis; las fracciones II, III y V y su último párrafo del artículo 107. Adiciona la fracción III Bis al artículo 91 de la del Gobierno” el 15 de julio de 2019 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 131 EN SU ARTÍCULO PRIMERO. Por el que se adiciona un último párrafo al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de marzo de 20 20, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 132 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se adicionan los párrafos séptimo, octavo, noveno y décimo al artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de marzo de 2020, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 153 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 79 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de junio de 2020, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 186 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el párrafo noveno, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, décimo cuarto de la fracción VIII del artículo 5, el artículo 8, el artículo 9, los párrafos primero, tercero, quinto, séptimo, octavo, décimo y décimo tercero del artículo 11, los párrafos primero, tercero, quinto, sexto, octavo, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, décimo cuarto y décimo sexto del artículo 12, los párrafos primero, tercero, cuarto, quinto, sexto, décimo y décimo primero del artículo 13, los párrafo primero y segundo del artículo 14, los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo del artículo 16, el párrafo cuarto del artículo 17, el párrafo sexto del artículo 18, la denominación del Capítulo Segundo del Título Tercero, el artículo 28, el primer párrafo y las fracciones II, III y VI, los incisos a) y c) del numeral 1° y el numeral 2° de la fracción VIII del artículo 29, el primer párrafo del artículo 30, el primer párrafo y las fracciones I y II del artículo 31, el artículo 35, el artículo 38, los párrafos primero, cuarto y quinto y las fracciones II y III del artículo 39, el primer y último párrafo y las fracciones I, VI, VII y VIII del artículo 4 0, el artículo 41, el artículo 42, el artículo 43, el primer párrafo del artículo 44, el artículo 45, los párrafos tercero y cuarto del artículo 46, los párrafos primero, tercero y cuarto del artículo 48, las fracciones I, II y V y el segundo párrafo del artículo 51, los párrafos primero y tercero del artículo 52, los párrafos segundo y tercero del artículo 57, los párrafos segundo, quinto y sétimo del artículo 58, el primer párrafo del artículo 59, el artículo 60, las fracciones XII, XVIII, XXI en sus párrafos primero y seguro y XXII del artículo 61, el primer párrafo del artículo 68, el artículo 72, el artículo 73, el artículo 75, el artículo 76, la denominación de la Sección Segunda del Capítulo Tercero del Título Cuarto, el primer párrafo y las fracciones XII, XIII, XIV, XVIII, XXV, XLVII y el segundo párrafo de la fracción XLVIII del artículo 77, el artículo 79, los párrafos primero y tercero del artículo 80, los párrafos segundo y tercero del artículo 83, los párrafos primero, segundo, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo del artículo 83 Te r, los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 84, el párrafo cuarto del artículo 87, los párrafos segundo, sexto y séptimo del artículo 88, el inciso a) de la fracción III del artículo 88 Bis, el artículo 89, el artículo 90, el primer párrafo y la fracción VI del artículo 91, el artículo 93, el artículo 94, el primer párrafo del artículo 99, el artículo 100, el artículo 101, el artículo 103, el artículo 104, los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 104 Bis, las fracciones I, II, III,

IV y V y el último párrafo del artículo 107, el artículo 108, el primer párrafo del artículo 109, el primer párrafo del artículo 110, el primer párrafo del artículo 114, el artículo 116, el artículo 117, los párrafos primero y segundo del artículo 118, la fracción I del artículo 119, las fracciones I, II, III, IV,V y VI y su último párrafo del artículo 120, el artículo 121, el artículo 123, los párrafos cuarto y quinto del artículo 125, los párrafos primero y segundo del artículo 126, el primer párrafo y las fracciones VII y V III del artículo 128, el párrafo quinto del artículo 129, el artículo 1 31, el artículo 133, el párrafo segundo del artículo 134, el artículo 135, el párrafo segundo del artículo 137 , el párrafo tercero de la fracción I del artículo 139, el artículo 146, el primer párrafo y la fracción III del artículo 147; se adiciona la fracción IV al artículo 39, las fracciones X, XI y XII al artículo 40, las fracciones VII, VIII y IX al artículo 68, las fracciones IV, V y VI al artículo 119 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de septiembre de 2020 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 189 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el penúltimo párrafo del artículo 4 0 y el último párrafo del artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gace ta del Gobierno” el 29 de septiembre de 20 20, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

FE DE ERRATAS. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de septiembre de 2020.

DECRETO NÚMERO 202 EN SU ARTÍCULO Ú NICO. Por el que se reforma el primer párrafo del artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de noviembre de 2020, entrando en vigor un día después de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 203 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforman los párrafos octavo, noveno, décimo segundo, décimo tercero y décimo cuarto; se adicionan los párrafos decimo, décimo primero, décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo, décimo octavo y décimo noveno y se deroga el último párrafo del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de noviembre de 2020, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 246 EN SU ARTÍCULO Ú NICO. Por el que se adiciona un párrafo vigésimo séptimo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 26 de febrero de 2021 , entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 247 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 49 de la del Gobierno” el 26 de febrero de 202 1, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 273 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el artículo 19, el párrafo sexto del artículo 125 y los párrafos primero, tercero y quinto del artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de junio de 2021, entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 2 A RTÍCULO PRIMERO. Por el que se adiciona una fracción VIII al artículo 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de octubre de 2021, entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 17 A RTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el primer párrafo del artículo 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de enero de 2022, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 75 ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se reforma el primer párrafo del artículo 12 y el artículo 66; se adiciona un párrafo sexto recorriéndose los subsecuentes del artículo 12 de la del Gobierno” el 11 de julio de 2022, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. DECRETO NÚMERO 133 ARTÍCULO Ú NICO. Se adiciona un sexto párrafo al artículo 17 de la del Gobierno” el 1 0 de marzo de 202 3, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 137 ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 137 de la del Gobierno” el 1 0 de marzo de 202 3, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 157 ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un párrafo séptimo recorriéndose los subsecuentes al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2023, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO N ÚMERO 180 ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un párrafo octavo recorriéndose los subsecuentes al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de julio de 2023, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 235 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo trigésimo séptimo del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de febrero de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 236 ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un párrafo octavo al artículo 5 de la del Gobierno” el 9 de febrero de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 237 ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo 147 Bis a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 23 de febrero de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 249 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el primer párrafo del artículo 38 de la

del Gobierno” el 5 de abril de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 262 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el primer párrafo del artículo 5 y los párrafos segundo y cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de mayo de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 270 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo séptimo de la fracción VIII del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de septiembre de 2024, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 63 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo primero del artículo 11, el artículo 35, la fracción VIII del artículo 40, el párrafo primero del artículo 52, las fracciones XII, los párrafos primero y segundo de la XV, XVII, XVIII y XXI del artículo 61, la fracción LI del artículo 77, los párrafos segundo, tercero, quinto y octavo del artículo 88, los artículos 89, 91, 92, 93 y 94, la fracción II del artículo 95, los artículos 97, 99 y 102, la denominación de la Sección Segunda del artículo 120, la fracción I del artículo 130 bis, el artículo 131, el párrafo segundo del artículo 133, el párrafo primero y las fracciones II y III del artículo 147; se adiciona la fracción XIV Bis al artículo 61, la fracción VIII al artículo 64, la fracción LII al artículo 77, el párrafo tercero al artículo 87 recorriendo los subsecuentes, los párrafos segundo y sexto recorriendo los subsecuentes del artículo 88, los párrafos sexto y séptimo al artículo 88 Bis, la Sección Tercera del Capítulo Cuarto del Título Cuarto, los artículos 111 Bis y 111 Ter, el párrafo segundo al artículo 135, la fracción VI del artículo 147, y se derogan los artículos 90, 100, 101, 103 y 104, el párrafo tercero del artículo 1 04 Bis de la del Gobierno” el 06 de enero de 202 5, entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 99 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el actual párrafo décimo y se adicionan los párrafos octavo, noveno, décimo y décimo primero, recorriendo los subsecuentes, del artículo 5 de la del Gobierno” el 20 de marzo de 202 5, entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 114 ARTÍCULO ÚNICO. - Se adiciona un párrafo cuarto recorriéndose los subsecuentes al artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de mayo de 2025, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 121 ÚNICO. Se reforman los párrafos décimo segundo y décimo cuarto, del artículo 5, la fracción XIV del artículo 77, los párrafos segundo y tercero del artículo 79 , el artículo 83, los párrafos quinto y sexto del artículo 83 Bis, los artículos 86 Bis, 121 y 123 y las fracciones VII y VIII del artículo 128, y se adicionan los párrafos décimo quinto y décimo sexto, recorriéndose los subsecuentes, al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de junio de 2025, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 182 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo décimo tercero del artículo 5; y se adicionan los párrafos décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto, décimo séptimo y décimo octavo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 5, y un segundo párrafo al artículo 19 de la

del Gobierno” el 29 de octubre de 2025, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 198 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el párrafo cuadragésimo, las fracciones II, IV y V y los párrafos primero, segundo, tercero, décimo sexto y décimo octavo de la fracción VIII del artículo 5 y la fracción I del artículo 130 bis; se adiciona el párrafo sexto, recorriendo los subsecuentes, al artículo 129 ; y se derogan los párrafos cuarto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo, décimo primero, décimo segundo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto y décimo séptimo de la fracción VIII del artículo 5, la fracción VIII del artículo 51, la fracción L del artículo 61, la fracción XLVII del artículo 77 y, el inciso e) de la fracción III del artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Ga ceta del Gobierno” el 04 de noviembre de 202 5, entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 243 ÚNICO.- Se reforma el párrafo cuadragésimo séptimo del artículo 5 de la del Gobierno” el 17 de diciembre de 2025, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 261 ÚNICO.- Se reforma el artículo 139 Bis; y se adiciona el párrafo décimo tercero al artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de enero de 202 6, entrando en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 264 ÚNICO.- Se reforma el párrafo quincuagésimo segundo del artículo 5 de la del Gobierno” el 04 de febrero de 202 6, entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 265 ÚNICO.- Se reforman los artículos 5, párrafo doceavo; y 88, párrafo primero, inciso b) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de febrero de 2026, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 274 ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los párrafos primero y tercero del artículo 81, el artículo 86, y los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 06 de marzo de 202 6, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 330 ÚNICO.- Se reforma el artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de junio de 2026, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 331 ÚNICO.- Se reforman los artículos 40 fracciones XI y XII, 44 párrafo primero, 61 fracción XII párrafo segundo, 68 fracciones VIII y IX, 89 fracción IV párrafo octavo, 116 segundo párrafo, 117, 118 párrafos primero y segundo, 119 fracciones V y VI, y 147 fracción II; y se adicionan un párrafo décimo primero al artículo 11, recorriendo los subsecuentes, un párrafo cuarto al artículo 13, recorriendo los subsecuentes, así como un párrafo segundo, recorriendo el actual al subsecuente, un párrafo cuarto al artículo 38, la fracción XIII y un segundo párrafo, recorriéndose los

subsecuentes del artículo 40, un párrafos egundo, recorriéndose el subsecuente del artículo 44, la fracción X y un último párrafo al artículo 68, así como las fracciones VII y VIII y un último párrafo al artículo 119 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de junio de 2026, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 360 ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el párrafo segundo de la fracción XII y las fracciones XIV Bis y XVII del artículo 61; la fracción LI del artículo 77; el inciso a) y el párrafo tercero del artículo 88; la fracción I, los incisos b) y c) de la fracción II, el primer párrafo de la fracción III, la fracción IV, los párrafos séptimo, octavo y noveno del artículo 89; los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 93; la fracción II del artículo 95; y los párrafos séptimo y octavo del artículo 109; y se adicionan los párrafos décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo al artículo 89; y los párrafos tercero y quinto al artículo 93, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de septiembre de 202 6, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.