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Leyes Descargar AYA

Artículo 94 Constitución Política del Estado de Tamaulipas

Capítulo II

Para el desempeño de los asuntos oficiales, el Ejecutivo tendrá un funcionario que se denominará "Secretario General de Gobierno".

Para ser Secretario General de Gobierno, se requiere:

I.- Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos;

II.- Ser mayor de treinta años de edad;

III.- Poseer instrucción escolar suficiente;

IV.- No ser militar ni ministro de algún culto, esté o no en ejercicio;

V.- No haber sido condenado por delito infamante. La calificación la hace el H. Congreso.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial