Artículo 9 Constitución Política del Estado de Veracruz
Capítulo II
Toda familia veracruzana tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
La propiedad y la posesión tendrán las modalidades y limitaciones señaladas por la Constitución Federal y la Ley.
SECCIÓN PRIMERA
DE LA EDUCACIÓN
(REFORMADO, G.O. 3 DE AGOSTO DE 2020
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial